Preguntas frecuentes

jurisconsulta

  • ¿Cuál es el horario de atención?

R: Contamos con personal capacitado para atender sus necesidades jurídicas, las 24 horas del día, los 365 días del año.

  • ¿Cuándo requiero la asistencia de un abogado? 

R: En todo momento que requiera ejercer la defensa de sus derechos, bien sea ante un órgano administrativo como el Ministerio Publico, Inspectoría del Trabajo, Consejo de Protección del Niño Niña y Adolescente, Alcaldías, Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT),  o un órgano Jurisdiccional como los Tribunales de la República, entre otros.

  • Fui citado por el Ministerio Publico en calidad de «imputado». ¿Debo acudir en compañía de un abogado?

Si, de manera obligatoria requiere la asistencia de un Abogado para acudir a tan importante acto que garantice su derecho a la defensa ante el Fiscal del Ministerio Público, para ello le invitamos a ir asistido con uno de nuestros especialistas en materia penal.  

  • ¿Quedare detenido si incumplo mi régimen de presentaciones?

R: No necesariamente, toda vez que si bien es cierto el tribunal podría revocar su medida y ordenar su detención también podría concederle nuevamente la medida cautelar, para verificar su situación jurídica, le invitamos a consultar con uno de nuestros especialistas en materia penal.

  • Soy víctima de un delito. ¿Dónde puedo denunciar?

R: Existen numerosos órganos receptores de denuncias como el Ministerio Publico, organismos policiales, entre otros. Le sugerimos ir asistido por uno de nuestros especialistas en materia penal en aras de garantizar tus derechos como víctima.

  • ¿Qué debo hacer si desde que nos separamos, la madre de mi hijo no me permite verlo?

R: Interponer una demanda con el fin de fijar un Régimen de Convivencia Familiar. Le sugerimos contactar a nuestros especialistas en materia de Protección del Niño Niña y del Adolescente.

  • ¿Qué debo hacer si el padre de mi hijo no quiere reconocerlo?

R: Interponer una demanda por Inquisición de Paternidad para reclamar este derecho, le sugerimos contactar a nuestros especialistas en materia de Protección del Niño Niña y del Adolescente.

  • ¿Qué debo hacer si fui destituido injustificadamente siendo funcionario público?

R: Debe recurrir la decisión que motivó la destitución, bien sea directamente ante el Órgano que efectúo la destitución  (Sede Administrativa), o ante la Sede Jurisdiccional (El tribunal Competente) Le invitamos a contar con la asistencia y asesoría de nuestros especialistas en Derecho Administrativo.

  • ¿Qué debo hacer si el padre de mi hijo no suministra el dinero para los gastos del niñ@?

R: Interponer una demanda con el fin de  fijar un Régimen de Manutención, Le sugerimos contactar a nuestros especialistas en materia de Protección del Niño Niña y del Adolescente.

  • ¿Qué debo hacer si fui despedido de mi trabajo sin motivo justificado?

R: El Estado Venezolano consecuentemente ha decretado inamovilidad laboral para los trabajadores y trabajadoras por lo que ninguno puede ser removido de sus puestos de trabajo de manera injustificada. Le invitamos a consultar con nuestros especialistas en  materia laboral.

  • ¿Cuánto me deben pagar por concepto de prestaciones sociales si acabo de renunciar a mi empleo?

R: Debe realizarse un cálculo de acuerdo al último salario devengado y a la duración del tiempo de servicio en la empresa. Le invitamos a contactar a nuestros especialistas en materia laboral.

 

Para mayor información:  

0212-418.70.55 / 0412-330.38.20

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